El gobernador de Chubut, Ignacio «Nacho» Torres, anunció que su gobierno denunciará al juez de Familia de Sarmiento, Santiago Martín Huaiquil, por ordenar a la obra social provincial Seros cubrir al 100% una cirugía mal llamada de «cambio de sexo«. Torres calificó el fallo como «irresponsable» y afirmó que pone en riesgo el sistema de salud.
Cabe señalar que las personas jamás cambian de sexo por más que se operen sus genitales. Un hombre con el pene mutilado siempre será un hombre con el pene mutilado y nunca una mujer, por más que tenga un DNI con el sexo opuesto exhibido. Lo mismo ocurre en sentido contrario: una mujer, por más que se someta a cirugías de implantes simil pene, jamás será hombre.
Este tipo de ideologías ridículas y nefastas fueron impuestas durante los gobiernos kirchneristas de manera muy violenta, perturbando el sano desarrollo de los niños y adolescentes en las escuelas. Hoy se llegó al ridículo de pretender un juez, que una obra social con serios problemas de coberturas para sus afiliados, incluyendo personas son serios problemas de salud, pague a una persona la totalidad de las cirugías de cambio de sexo (simulación de sexo para ser más precisos), condenando a la obra social a la quiebra, por ser no sólo ridículo, sino insustentable económicamente.
La violencia institucional kirchnerista llevó a la legislatura a aprobar una serie de leyes que alimentan todas estas aberraciones ideológicas, en vez de tratar el tema como se lo debe tratar: como un trastorno por el cual un pequeñísimo número de individuos (menos del 0,05% de la población según último censo) manifiesta sentirse disconforme con su sexo biológico.
La postura de Torres.
A través de un posteo en X, el mandatario provincial tildó al magistrado de «demagogo e ignorante» y aseguró que la decisión implica un gasto de millones de pesos, superando los costos de tratamientos oncológicos de alta complejidad. En su mensaje, destacó que su gestión ha trabajado para sanear las cuentas de Seros, que al inicio de su mandato tenía un déficit de más de 6.000 millones de pesos.
El gobernador adelantó que su administración revisará todos los fallos que obliguen a la obra social a cubrir prestaciones que considera no correspondientes. «Cada vez que nos encontremos con un obstáculo que atente contra el desarrollo de la provincia, vamos a dar pelea», enfatizó Torres.
El fallo del juez Huaiquil obliga a la obra social a costear procedimientos estéticos vinculados a la cirugía de cambio de sexo, tales como feminización facial, rinoplastia, lifting y contorno de mandíbula, entre otros. Torres argumentó que estas intervenciones no están contempladas dentro de las obligaciones de Seros y que la decisión judicial afecta la sustentabilidad del sistema de salud.
Antecedentes y cambios normativos
Casos similares han ocurrido en el pasado. En 2021, un juez de Trelew ordenó a Seros cubrir la cirugía de readecuación corporal de una adolescente trans, tras un amparo presentado por su abogado. En aquel fallo, el magistrado sostuvo que la joven no requería autorización judicial para acceder al procedimiento.
En febrero pasado, el Gobierno nacional modificó la Ley 26.743 de Identidad de Género, eliminando la obligatoriedad de cobertura de tratamientos de hormonización y cirugías de cambio de sexo en menores. Además, derogó el artículo que permitía a menores de 18 años cambiar de género y nombre en su documento sin autorización judicial.
Con estas modificaciones, los prestadores de salud públicos y privados ya no tienen la obligación de garantizar estas prácticas, que fueron excluidas del Plan Médico Obligatorio (PMO).
Debate sobre la cobertura de cirugías de cambio de sexo
El fallo reaviva el debate sobre la financiación de cirugías de cambio de sexo a través de sistemas de salud públicos y obras sociales. Mientras que un sector ínfimo de la población considera que estos procedimientos forman parte del derecho a la identidad de género y deben ser garantizados y pagados por el Estado, la enorme mayoría de la población sostiene que las obras sociales no deben afrontar estos costos, ya que no se trata de procedimientos esenciales para la salud, y tampoco solucionan el problema de fondo de las personas que sufren ese tipo de trastornos. Independientemente de las intervenciones quirúrgicas, el sexo biológico de una persona no cambia. Estos procedimientos responden a una ideología impuesta en años anteriores, en lugar de a criterios médicos objetivos. Es por ello que las obras sociales deberían centrarse en ofrecer tratamiento psicológico o psiquiátrico a quienes experimentan disforia de género, en lugar de financiar procedimientos irreversibles.
Por otro lado, defensores de la cobertura médica para estos tratamientos argumentan que la Ley de Identidad de Género garantiza el acceso integral a estos procedimientos, y que la exclusión de los mismos podría vulnerar derechos adquiridos. El debate sigue abierto y plantea desafíos tanto para la justicia como para los sistemas de salud. El gran problema es que, de financiarse estas cirugías, las obras sociales quebrarían y nadie podría atenderse en el sistema privado.





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