sim swapping

Excombatiente de Malvinas indemizado por banco y telefónica tras estafa digital

Un jubilado excombatiente fue estafado con $12.500 USD tras un fraude de SIM swapping; un banco y una telefónica deberán indemnizarlo.


En septiembre de 2021, un jubilado de la provincia de Buenos Aires —y excombatiente de Malvinas— sufrió una sofisticada estafa digital que le costó 12.500 dólares depositados en su caja de ahorro en moneda extranjera. El fraude se materializó a través de la modalidad conocida como SIM swapping, que permitió a los delincuentes acceder a sus cuentas bancarias tras tomar el control de su línea telefónica.

El afectado, cliente de una entidad bancaria desde 2005, observó movimientos extraños en su correo electrónico: mensajes que simulaban provenir de su banco y notificaban transferencias que no había realizado. Tras concurrir a su sucursal, el gerente constató que no existían esas transacciones y le recomendó eliminar los correos. Sin embargo, días después, su línea móvil —operada por una empresa de telefonía— quedó sin servicio. Al presentarse en la sucursal de la telefónica, un empleado le cambió la tarjeta SIM bajo el argumento de que la anterior “ya no funcionaba”. Fue ese procedimiento el que permitió a terceros recibir los códigos de verificación del home banking del jubilado y vaciar la cuenta mediante una operación de venta de divisas.

La sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial estableció que tanto la empresa bancaria como la de telefonía compartían responsabilidad solidaria por falta de resguardo en sus sistemas. El tribunal consideró que operan bajo un “deber objetivo de seguridad” respecto de usuarios vulnerables —en este caso, un jubilado que utiliza servicios bancarios y de telefonía— y que no fueron suficientes los mecanismos de autenticación implementados. En especial, la telefónica defendió su actuación afirmando que el cambio de chip exigía validación de identidad, pero la Cámara desestimó ese argumento, reconociendo que la obligación de seguridad recae en el proveedor del servicio. Por su parte, el banco sostuvo que había mecanismos de autenticación (como el envío de códigos al teléfono), pero la Cámara determinó que estos sistemas fueron insuficientes para evitar el fraude.

En la primera instancia se condenó a más de 12.000 USD más una indemnización por daño moral en 12.875.000 pesos; en la apelación, el monto por daño moral fue reducido a 5.000.000 pesos. La compensación por daño punitivo fue dejada sin efecto al no acreditarse culpa grave o dolo extremo de las empresas demandadas.

Este fallo resulta relevante por varias razones: visibiliza la creciente amenaza del fraude digital mediante SIM swapping y establece jurisprudencia sobre la responsabilidad solidaria de entidades bancarias y de telecomunicaciones frente a usuarios vulnerables. Además, se produce en un contexto en que el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) exige a las operadoras que implementen mecanismos más rigurosos para el cambio de chip o transferencia de líneas, ante el aumento de esta modalidad de estafa.

Para los usuarios, este caso ofrece varias lecciones:

  • Perdida repentina del servicio móvil puede ser el primer síntoma del fraude de SIM swapping.
  • Las entidades que brindan servicios —telefónicas y bancarias— tienen una obligación de cuidado reforzada cuando se relacionan con consumidores vulnerables.
  • La autenticación basada únicamente en SMS o cambios de chip sin verificaciones presenciales o biométricas puede resultar insuficiente.
  • Ante una sospecha de fraude, es clave actuar rápidamente: contactar la operadora, banco, cambiar claves, denunciar.

En un mundo cada vez más digitalizado, donde banca, telecomunicaciones y datos personales convergen, la seguridad ya no es solo responsabilidad del usuario, sino de quienes proveen esos servicios. Y en este caso judicial, la justicia declaró que ambas empresas no cumplieron con ese deber.

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