La Justicia de Bariloche absolvió por unanimidad a un reconocido psicólogo acusado de abusar de su hijo. El tribunal cuestionó la falta de pruebas y la validez de la Cámara Gesell. La madre apelará la decisión.
El debate judicial que conmocionó a Bariloche llegó a su fin con un fallo que generó fuertes repercusiones en la comunidad. El Tribunal integrado por los jueces Gregor Joos, Marcos Burgos y José Bernardo Campana resolvió por unanimidad absolver a D.E., un psicólogo de vasta trayectoria en la ciudad, quien había sido acusado de abusar sexualmente de su hijo. La decisión, plasmada en un extenso fallo de 250 páginas, puso en tela de juicio la solidez de las pruebas presentadas y la metodología aplicada en la investigación.
El proceso judicial tuvo una arista inusual que marcó el desarrollo del juicio: el Ministerio Público Fiscal decidió desistir de la acusación apenas semanas antes del inicio del debate. La fiscal subrogante Daniela Ortíz, quien había recibido la causa tras el paso de dos fiscales anteriores, argumentó que no existían «elementos de convicción suficientes» para sostener la acusación pública. Esta decisión dejó a la madre del menor como la única impulsora del proceso, acompañada únicamente por su abogada particular.
La estrategia de la defensa y los argumentos del Tribunal
Los jueces fueron contundentes en su análisis. Señalaron que la acusación presentada por la querella resultaba «genérica, carente de todo dato fáctico» y sin precisiones que permitieran distinguir si se trataba de un solo episodio o de varios. Esta imprecisión fue uno de los pilares sobre los que se sostuvo la absolución.
El juez José Bernardo Campana, en su extenso voto, fue particularmente explícito al advertir que las acciones cotidianas como bañar, limpiar o cambiar los pañales a un hijo menor constituyen actos normales de la vida familiar. «La imputación de este juicio carece de toda particularidad que permita siquiera concluir si se imputa un solo evento con uno o varios tocamientos, o varios eventos con uno o varios tocamientos», sostuvo el magistrado.
El Tribunal también recurrió a antecedentes de la Cámara de Casación para recordar que las exigencias para una condena penal «no disminuyen aunque existan dificultades probatorias». Esta máxima fue aplicada rigurosamente al caso, donde los jueces consideraron que no alcanzaba con la sola declaración de la presunta víctima si no existían pruebas externas o contextuales que permitieran descartar otras hipótesis.
La Cámara Gesell bajo la lupa
Uno de los puntos más críticos del fallo fue la valoración de la Cámara Gesell, la entrevista realizada al niño que constituía la principal prueba de la acusación. El Tribunal determinó que esta entrevista «no cumplió con los estándares» y atravesó «inconsistencias metodológicas», con preguntas que calificaron como «sugestivas» e «inductivas» por parte de la psicóloga que realizó la entrevista.
La perito de parte fue aún más allá al afirmar que el testimonio presentaba un grave riesgo de «contaminación», concluyendo que la declaración del niño era «probablemente increíble». Los jueces subrayaron que la valoración de la declaración del menor no podía realizarse mediante la selección aislada de fragmentos compatibles con la hipótesis acusatoria.
«La Cámara Gesell mostró profundas contradicciones en el discurso y surgieron dudas sobre la espontaneidad, la consistencia y la autenticidad de esos relatos», señalaron los magistrados, quienes también advirtieron sobre «influencia de la madre en la presentación de los hechos».
El enfrentamiento entre peritos
El expediente reunió informes periciales de diferentes provincias, con posturas encontradas que reflejaron diferencias sustanciales entre los especialistas. Frases como «la entrevista fue aberrante, metodológicamente inválida» se escucharon durante la audiencia, mientras que otra psicóloga forense sostenía que «el discurso del niño resultó acorde a lo esperable evolutivamente para su edad».
La única perito que encontró elementos «suficientes para la credibilidad» fue la presentada por la querella, mientras que la defensa aportó al menos cuatro especialistas para impugnar la consistencia del testimonio. Esta disparidad numérica y conceptual pesó en la decisión final del Tribunal.
Críticas al sistema de investigación forense
El fallo también incluyó una crítica interna al propio Cuerpo de Investigación Forense (CIF). El Tribunal señaló una discordancia marcada en el sistema de trabajo del organismo al verificarse que, tras un dictamen inicial que desaconsejaba la declaración del niño por su edad, «después se la aprobó bajo un método que la propia estructura consideró deficiente».
Además, los jueces destacaron que ninguno de los informes médicos del Hospital Zonal Bariloche halló lesiones o indicios físicos compatibles con abuso sexual. Las pedagogas y cuidadoras que declararon como testigos tampoco pudieron ubicar con precisión los supuestos episodios denunciados, aunque varias describieron frases y conductas sexualizadas del niño tanto en el ámbito familiar como escolar.
La reacción de la madre
La denunciante se manifestó profundamente golpeada por el fallo, describiendo el proceso como «una experiencia profundamente traumática». «No fue solamente volver a escuchar aquello que originó la denuncia. Fue volver a atravesar muchos años de mi vida y, al mismo tiempo, escuchar testimonios y relatos que me permitieron comprender cosas que yo misma no había podido dimensionar mientras sucedían», expresó la mujer.
La madre cuestionó la falta de una «mirada longitudinal sobre el desarrollo de esos relatos y sobre la evolución de mis hijos a lo largo del tiempo». Para ella, la sentencia se concentró de manera reducida en el relato que dio origen a la denuncia y en las dificultades que el Tribunal encontró en la Cámara Gesell.
«Siento que el juicio me permitió comprender mucho más de lo que había pasado, pero que la sentencia terminó haciendo una lectura demasiado reducida de todo ese contexto», agregó la denunciante, quien ya anticipó que apelará el fallo.
La condena económica
Uno de los aspectos más controversiales de la sentencia fue la imposición de costas a la querella. El Tribunal determinó que la madre denunciante deberá afrontar los honorarios de la defensa del psicólogo absuelto, cuyo monto asciende a 16 millones de pesos.
«La sentencia me impuso aproximadamente 16 millones de pesos en costas, cuando soy yo quien desde hace tres años y medio sostiene sola una estructura familiar y a mis hijos. Para mí esto tiene una dimensión que va mucho más allá de una cifra», manifestó la mujer, visiblemente afectada por esta decisión.
El origen de la denuncia
La denuncia se originó el 10 de mayo de 2023, dos días después de que su hijo, que entonces tenía tres años y medio, le relatara «algunos juegos sexuales» que supuestamente había mantenido con su padre. La madre afirmó que antes de esa revelación ya observaba crisis de ansiedad y conductas sexualizadas en el menor.
«A partir de que hice la denuncia, a él lo destituyeron del hogar. Ahí mi hijo mayor siguió contándome un montón de otras cosas más que le hacía el papá, lo que tenía que ver con situaciones de abuso. Eran juegos de masturbación, eso me lo dijeron en el hospital porque lo revisaron», relató la madre en su testimonio.
El cambio de fiscales y el desistimiento
La causa tuvo un desfile de fiscales que marcó su desarrollo. Inicialmente estuvo en manos del ex fiscal Martín Govetto, especializado en Violencia de Género. A finales del 2023, el funcionario se retiró y la causa recayó en el fiscal Gerardo Miranda. Cuando ya se preparaba el juicio, el expediente pasó a manos de la fiscal subrogante Daniela Ortíz, quien finalmente decidió desistir de la acusación.
En su escrito, la fiscal Ortíz argumentó la «falta de pruebas suficientes» y solicitó que se continúe exclusivamente con la acusación particular. La funcionaria concluyó que «no existen actualmente elementos de convicción suficientes para sostener la acusación pública ante el tribunal oral, conforme a los estándares legales y constitucionales vigentes».
Declaración del acusado
Durante el debate, el psicólogo absuelto manifestó su disposición a trabajar en el vínculo parental: «Siempre va a estar dispuesto a trabajar para tener el mejor vínculo como padres con el dispositivo terapéutico que fuera necesario». Esta declaración, sumada a los argumentos técnicos del Tribunal, formó parte del contexto que derivó en la absolución.
La apelación en camino
La madre del menor ya confirmó que apelará la decisión judicial. «Vamos a apelar porque considero que hay aspectos centrales de la valoración de la prueba que deben ser revisados. Entre ellos, la falta de una mirada longitudinal sobre la evolución de mis hijos y sobre las manifestaciones que se produjeron durante los años posteriores a la separación del progenitor», explicó.
La denunciante también cuestionó la diferencia entre los testigos, señalando que algunos declararon desde distintos ámbitos profesionales, laborales y cotidianos sin tener un beneficio personal, mientras que otros estaban muy vinculados al denunciado y a su entorno familiar. «No digo que un testigo sea verdadero o falso simplemente por el vínculo que tenga, pero considero que esa diferencia debía ser analizada de manera objetiva al valorar la prueba», cuestionó.






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