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Policías Absueltos en Polémico Caso por Muerte de Tino John

El jurado popular declaró no culpables a los tres efectivos del GEOP acusados por el homicidio de Tino John. El veredicto cierra un caso que cuestionó los protocolos policiales.

ESQUEL. – Un veredicto unánime exculpó a los tres oficiales del Grupo Especial de Operaciones Policiales (GEOP) acusados en el juicio por la muerte de Martín Alejandro «Tino» John. La decisión del jurado popular, anunciada pasadas las 21 horas de este viernes tras más de cuatro horas y media de deliberación, pone fin a un proceso judicial de alta tensión que confrontó la versión oficial con los reclamos de la familia y organizaciones de derechos humanos.

Los agentes Luis Américo Moggiano, Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto fueron absueltos de todos los cargos. Moggiano enfrentaba la acusación más grave: homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por su condición de agente de seguridad. Martínez y Soto eran juzgados por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El caso se originó en un procedimiento en el paraje Las Golondrinas, donde el GEOP realizó un allanamiento en la propiedad de John, un productor rural de 62 años con problemas de salud mental que estaba disparando un arma de fuego, poniendo en riesgo las vidas de los transeúntes. Según la versión de la familia y su pareja, el operativo fue irregular y resultó en la muerte de John de un disparo en la cabeza, sin que se siguieran los protocolos de actuación en casos que involucran a personas con padecimientos mentales.

Durante el debate, la fiscalía y la querella sostuvieron que el accionar policial fue desproporcionado y que no se cumplió con el protocolo que establece el ingreso inicial de un equipo de salud mental. Las defensas, en cambio, argumentaron que los agentes actuaron en cumplimiento de su deber y que la orden de ingresar con profesionales de salud mental era de «imposible cumplimiento» debido a la falta de ese servicio en la zona.

El jurado, compuesto por doce miembros, analizó las pruebas y solicitó incluso revisar un video durante su deliberación. Finalmente, se inclinó por la tesis de la defensa, encontrando que no se pudo probar la responsabilidad penal de los acusados más allá de toda duda razonable.

El fallo cierra formalmente el proceso judicial, aunque la parte querellante evalúa presentar recursos en instancias superiores. El caso había generado una fuerte repercusión en la Comarca Andina y había reavivado el debate sobre los protocolos de uso de la fuerza y la intervención policial en crisis de salud mental.

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