La Corte Suprema dejó firme la obligación de Cristina Kirchner de usar tobillera electrónica en la causa Vialidad y rechazó sus planteos.
La Corte Suprema de Justicia confirmó que Cristina Fernández de Kirchner deberá continuar utilizando un dispositivo de monitoreo electrónico en el marco de la ejecución de su condena por la causa Vialidad. El máximo tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa de la ex presidenta y dejó firme la decisión adoptada por los tribunales inferiores.
Con la firma de sus tres jueces, la Corte consideró que los cuestionamientos contra la tobillera carecían de una fundamentación autónoma suficiente. Según el fallo, la defensa no logró demostrar por qué la medida no sería necesaria para asegurar el cumplimiento estricto de la pena impuesta, que incluye seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La condena contra Cristina Kirchner se vincula a hechos de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, relacionados con la adjudicación de obras públicas en Santa Cruz. En la etapa de ejecución de la sentencia, el Tribunal Oral Federal N.º 2 dispuso el arresto domiciliario, la colocación de la tobillera electrónica y un régimen específico de control de visitas, a partir de la intensa actividad registrada en el domicilio donde cumple la pena.
La ex mandataria cuestionó estas medidas al considerar que vulneraban derechos constitucionales como la intimidad y la razonabilidad. Sin embargo, la Corte sostuvo que los argumentos presentados se limitaron a reiterar posturas ya evaluadas y rechazadas por instancias previas, sin aportar elementos nuevos que justificaran su revisión.
En cuanto al régimen de visitas, el tribunal entendió que ya no correspondía pronunciarse, dado que el esquema objetado fue reemplazado por uno nuevo. Por ese motivo, declaró inoficioso ese tramo del planteo, aunque ratificó la validez del monitoreo electrónico.
El fallo también rechazó las recusaciones presentadas contra los propios jueces de la Corte. Los ministros consideraron que el “temor de parcialidad” alegado por la defensa se basaba exclusivamente en decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones, lo que no constituye una causal válida de apartamiento.
En paralelo, el juez del Tribunal Oral Federal N.º 2 autorizó recientemente a Cristina Kirchner a acceder a la terraza del edificio donde cumple prisión domiciliaria por un máximo de dos horas diarias. La medida fue equiparada al derecho de salida al patio previsto para internos en establecimientos penitenciarios.
La resolución mantuvo la prisión domiciliaria, el uso obligatorio de la tobillera electrónica y los controles periódicos, aunque introdujo ajustes en el régimen de visitas. Parte de las personas con ingreso irrestricto deberán ahora justificar los motivos de sus visitas, incluidos algunos profesionales y familiares.
De este modo, la Corte Suprema cerró una nueva instancia judicial y dejó firme la obligación de la ex presidenta de cumplir la condena bajo monitoreo electrónico, mientras continúa el arresto domiciliario con condiciones controladas.




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