La Cámara de Casación revocó una absolución y condenó al cirujano Armando Donati por homicidio culposo tras la muerte de Sandra Romina Candia Flores, de 32 años, luego de una cirugía estética.
La Justicia dio un giro contundente en un caso que conmueve al ámbito de la medicina estética y la seguridad de los pacientes. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó la absolución que había sido dictada en primera instancia y declaró culpable al cirujano plástico Armando Jorge Donati por el delito de homicidio culposo. El fallo pone fin a un largo periplo judicial iniciado tras la muerte de Sandra Romina Candia Flores, una madre de tres hijos que falleció en 2017 a raíz de las complicaciones derivadas de una liposucción.
Sandra tenía 32 años y, como tantas mujeres, había postergado durante años el deseo de recuperar su figura tras los embarazos. Su ingreso a la Clínica Matienzo, ubicada en el barrio porteño de Belgrano, el 14 de noviembre de 2017, fue el inicio de una cadena de eventos fatales. Lo que debía ser una intervención programada de dermolipectomía abdominal y liposucción se convirtió en una emergencia médica que, según los jueces, fue manejada con una gravedad negligencia imperdonable.
La resolución de la Sala II fue categórica al establecer la responsabilidad directa del profesional. Los magistrados sostuvieron que “no existe duda alguna respecto a la relación de causalidad entre la operación llevada a cabo por Donati, las complicaciones surgidas en el posoperatorio y el deceso de la paciente”. El tribunal destacó que la muerte de Sandra es “objetivamente imputable” al cirujano, tanto por la acción inicial como por la falta de respuesta posterior durante las horas críticas.
Uno de los puntos más aberrantes del caso, y que resultó determinante para revertir la absolución de 2025, fue la prolongada desatención que sufrió la víctima. Durante más de 17 horas, Sandra permaneció en una clínica que carecía de habilitación para internaciones y de los recursos necesarios para enfrentar una emergencia. Mientras sufría un shock hipovolémico tras la operación, no fue trasladada de inmediato a un centro de mayor complejidad. Los jueces remarcaron la existencia de “un nexo de antijuridicidad entre las infracciones al deber de cuidado y el desenlace fatal”.
La gravedad de las omisiones fue tal que la Cámara desestimó la hipótesis que había servido para absolver al médico en primera instancia. En aquel entonces, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 11 había considerado que otros factores podían haber interrumpido la relación causal. Sin embargo, Casación fue tajante: “No se ha demostrado la existencia de un desplazamiento de la relación causal o, en su defecto, un comportamiento ‘de modo gravemente irracional’ de los médicos del Sanatorio Güemes (adonde fue trasladada posteriormente la paciente) que excluya la responsabilidad de Donati”. El daño, según los camaristas, ya era irreversible al momento del traslado. Sandra falleció el 16 de diciembre de 2017, tras 31 días de lucha en terapia intensiva.
Ahora, con la condena ya firme en cuanto a la responsabilidad penal, el caso entra en una nueva etapa procesal para determinar la pena. El fiscal general Nicolás Amelotti, quien calificó las conductas del cirujano como “múltiples y muy groseras”, solicitó una pena de cinco años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer la medicina. En sus argumentos, el fiscal remarcó la “inoperancia supina, desidia y altísima dosis de falta de escrúpulos” que evidenció Donati, actitudes que privaron a Sandra de la posibilidad de seguir con vida.
La Cámara dispuso además apartar al juez que intervino en el debate oral original, designando a un nuevo magistrado para llevar adelante la instancia de cesura (determinación de la pena). Para la familia de Sandra Romina Candia Flores, este fallo no solo representa un avance hacia la justicia, sino también un mensaje claro sobre los límites de la práctica médica y la imperiosa necesidad de garantizar la seguridad de los pacientes en procedimientos estéticos.




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